Transparencia

La Asociación Plan Estratégico Metropolitano de Barcelona, inscrita con el número 15108 del Registro de Asociaciones de la Generalitat de Cataluña y con número de identificación fiscal G-60489937, fue constituida el 30 de noviembre de 1993 con la misión de mejorar las condiciones de progreso económico y social en el ámbito metropolitano de Barcelona.

Esta misión se concreta en: 

  • Elaborar y hacer seguimiento del proceso de planificación estratégica del ámbito metropolitano de Barcelona, así como velar por su implantación. 

  • Promover y difundir la cultura y metodología de la planificación estratégica como instrumento de participación ciudadana en sus procesos de desarrollo económico. 

  • Participar en otras asociaciones o instituciones de carácter similar. 

Cualquier persona o entidad que, teniendo interés en los fines o actividades de la asociación, desee formar parte de ella, puede dirigir un escrito (por correo electrónico o postal) solicitando su inclusión. El acceso es libre y no implica el pago de ninguna cuota obligatoria

El financiamiento del PEMB se basa en aportaciones voluntarias de las entidades promotoras y fundadoras para garantizar el funcionamiento normal de la asociación. También recibe financiamiento de subvenciones u otras aportaciones para el desarrollo de proyectos concretos.  

El Consejo Rector, órgano de gobierno de la entidad, aprueba anualmente la propuesta de presupuesto y el plan de trabajo, ratificada posteriormente por el Consejo General, que actúa como asamblea general. También aprueba la propuesta de la memoria de actividades, la liquidación del presupuesto y la formulación de las cuentas anuales. Las cuentas anuales se auditan. El ejercicio de los cargos en los órganos de gobierno del PEMB es honorífico y gratuito, y no se meritan dietas de asistencia. 

El coordinador general del PEMB es la persona delegada por el Consejo Rector para llevar a cabo la realización, coordinación y seguimiento de los planes estratégicos metropolitanos de Barcelona. Se designa por el Consejo Rector entre personas expertas y especialistas de reconocido prestigio. Su cargo tiene una duración indefinida y percibe una retribución como trabajador por cuenta ajena en régimen de dedicación completa.  

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